RESUELVE TEPJF SANCIONES POR FALTAR A LA IMPARCIALIDAD DEL PROCESO DE PUEBLA

RESUELVE TEPJF SANCIONES POR FALTAR A LA IMPARCIALIDAD DEL PROCESO DE PUEBLA

* El PRI ha impugnado siete sentencias por considerar que las penas son irrisorias.

 

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió sentencias a presidentes municipales y funcionarios públicos de San Andrés Cholula, Cuautlancingo y Acajete, además del titular del Colegio de Bachilleres por faltar a los principios de imparcialidad y neutralidad del proceso electoral extraordinario para elegir gobernador del estado.

Ante las denuncias presentadas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), la autoridad electoral determinó que la alcaldesa de San Pedro Cholula, Karina Pérez Popoca, asistió a un evento público violando principios de la contienda electoral, de acuerdo con el expediente SRE-PSD-45/2019.

Lo mismo ocurrió en el caso de la alcaldesa de Cuautlancingo, María Guadalupe Daniel Hernández, después de que el 29 de abril que era día hábil se llevó a cabo un evento proselitista a favor de Luis Miguel Barbosa Huerta, abanderado de la coalición “Juntos Haremos Historia”, donde también estuvieron presentes los funcionarios Enrique López Ruiz, María Jacinta Julia Xicotencatl y Ezequiel Marcos Hernández (SRE-PSD-49/2019).

En el caso de Acaceje, se comprobó el uso de recursos públicos por parte del alcalde Roberto Ramírez Cervantes, la síndica María de los Ángeles Romero Ortega, la regidora Margarita Sánchez Limón y los regidores José Aguilar Chino y Eligio Juárez Ascensión, pues además, su asistencia a un evento proselitista a favor de Barbosa Huerta, pudo haber influido en la ciudadanía (SRE-PSD-47/2019).

En estos tres casos los expedientes fueron remitidos al Congreso del Estado, así como a las contralorías correspondientes para determinar las sanciones, mientras que en el caso de Acajete la sentencia también fue enviada a la Unidad Técnica de lo Contenciosos del INE, para llevar a cabo un procedimiento especial sancionador, por un video publicado en Facebook donde aparecen niños y que fue usado por Barbosa Huerta.

Por otro lado, el Tribunal resolvió el expediente SRE-PSD-50/2019 en el cual se determina que el director del Colegio de Bachilleres, Santos Alfonso Serrano Méndez, faltó al principio de imparcialidad, por lo que la sentencia se envió a la junta directiva del Colegio de Bachilleres para que determine lo que corresponda, así como a la Unidad Técnica de lo Contencioso del INE para que investigue si los videos en donde aparecen dos menores de edad cumplen con la Ley.

 

IMPUGNACIONES DEL PRI

Al respecto, el subsecretario del área Jurídica y de Transparencia del partido, Alejandro Camacho Gazca, consideró que el TEPJF podría haber dictado las sanciones correspondientes y no remitir las sentencias al Congreso local y a las contralorías, como una manera de “lavarse las manos”.

Hay casos resueltos en Coronango, San Pedro Cholula, Acatlán de Osorio, Tepeojuma, Tlachichuca, Calchicomula de Sesma y Tecamachalco, cuyas resoluciones han sido impugnadas porque las multas impuestas en algunos casos por las contralorías municipales son irrisorias, como el pago de un salario mínimo.

Dijo que si las sanciones que se impongan  en estas nuevas sentencias no cubren la expectativa del PRI, también serán impugnadas para que sea el Tribunal quien las aplique por violar la Ley Electoral vigente.

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