RESUELVE SALA REGIONAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO RECURSO INTERPUESTO POR EL PRI PUEBLA PARA QUE MORENA NO PARTICIPE EN ELECCIONES EXTRAORDINARIAS

RESUELVE SALA REGIONAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO RECURSO INTERPUESTO POR EL PRI PUEBLA PARA QUE MORENA NO PARTICIPE EN ELECCIONES EXTRAORDINARIAS

• Para esta elección extraordinaria, el Instituto Electoral del Estado, tiene la obligación de negar el registro a los candidatos de los partidos que no postularon candidato en la elección ordinaria.
• A nivel nacional, esta resolución queda como un precedente en materia de jurisprudencia.
Como un hecho sin precedentes, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió este día el Juicio de revisión constitucional interpuesto por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), en contra de la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).
El secretario Jurídico y de Transparencia del Comité Directivo Estatal (CDE) del PRI en Puebla, Alejandro Camacho Gazca, informo que, dicha resolución sienta un precedente a nivel nacional, pues en la sesión pública, por mayoría de votos, se determinó que en las elecciones extraordinarias en Puebla solamente se registren las candidaturas de los partidos políticos que participaron en los comicios ordinarios del año 2021, de acuerdo a la sentencia del número de expediente SCM-JRC-4/2022 y SCM- JRC -5/ 2022.
Camacho Gazca indicó que el tribunal local, incorrectamente determinó que podrían participar todos los partidos políticos en las elecciones extraordinarias, por lo que este día se revocó el acuerdo emitido por el Instituto Electoral del Estado IEE, respecto al registro de candidaturas en las elecciones extraordinarias, las cuales se celebrarán el próximo domingo 6 de marzo en los municipios de Teotlalco y San José Miahuatlán.
“El PRI impugnó, porque tomamos en cuenta, que no podían participar en esta lección extraordinaria los partidos políticos que no postularon en la elección ordinaria, no hay sustento legal y nos dan la razón, se promovió un juicio de revisión constitucional, que es el que se resolvió a nuestro favor este día”, indicó el secretario Jurídico del PRI en Puebla.
Destacó que la elección extraordinaria no se puede desvincular de la ordinaria, ya que se está ante la reposición de etapas, que por circunstancias particulares no pudieron verificarse, motivo por el cual, solamente pueden postularse candidaturas de las opciones políticas que participaron en la elección ordinaria y los partidos que perdieron su registro.
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